Zacapu, Michoacán a 02 de abril de 2018.-La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró, de manera total temporal, un plantío de Aguacate de 22 hectáreas que afectó a más de dos mil individuos de Encino y Pino, vegetación original del lugar en que fue transformado el uso del suelo en el municipio de Zacapu, Michoacán. En su lugar, fueron sembradas casi tres mil plantas del fruto.

De acuerdo con fuentes oficiales se afectaron unos dos mil 200 árboles de los géneros de Pino y Encino.

También se  detectó la apertura de dos ollas para la captación y almacenamiento de agua de lluvia; una de 300 y otra de 900 metros cuadrados, con un promedio de 5 metros de profundidad.

Para lo anterior  inspectores de la Profepa, con apoyo de elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y de la Policía Federal, se constituyeron en los predios denominados “El Pacheco” y “El Pacheco Bajo y/o Ramírez”, pertenecientes al municipio de Zacapu, Michoacán, con el propósito de efectuar un operativo de inspección en materia forestal.

Se observó que en los terrenos forestales se llevó a cabo la remoción de la vegetación nativa que consistía en bosques de Encino-Pino, así como de la vegetación herbácea y arbustiva, con la finalidad de  realizar la introducción de plantas de aguacate.

De acuerdo al estimado, se afectaron unos dos mil 200 árboles de las especies de Pino y Encino, en las 22 hectáreas en que se Cambió el Uso de Suelo en Terrenos Forestales, sin contar con la autorización emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), por lo cual se infringió lo señalado por el artículo 163, fracciones III, V y VII de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS), motivo por el cual se procedió a imponer como medida de seguridad la Clausura Total Temporal de las actividades.

Al momento de la inspección, se contabilizó la plantación reciente de alrededor de dos mil 900 plantas de Aguacate en sustitución de la vegetación forestal original; así mismo, durante el recorrido se detectó la apertura de dos ollas, que son cavidades a manera de pozos para la captación y almacenamiento de agua de lluvia.

La primera tenía más de 300 metros cuadrados (18 metros de largo x 17 metros de ancho) y 5 metros de profundidad.

La segunda, con dimensiones de 45 metros de largo x 20 metros de ancho (900 m2) y 5 metros de fondo o profundidad.

Derivado de las irregularidades detectadas, los presuntos responsables podrán hacerse acreedores a multas que van de 100 a 20,000 veces las Unidades de Medida y Actualización vigentes, de conformidad con lo señalado por el artículo 165, fracción II, de la LGDFS, así como ser obligados a realizar las medidas de restauración del sitio afectado a sus condiciones originales, independientemente de las sanciones penales que resulten.